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JULIACA – PUNO – PERÚ
Jurado Nacional de Elecciones modificó el reglamento de propaganda electoral por falta de base normativa.
JNE | Cambio en reglamento deja sin sanciones a quienes infrinjan propaganda electoral.
JNE modificó estatuto a mediados del 2020 por falta de base legal. Ahora, los candidatos y partidos pueden atacar abiertamente a sus contrincantes sin recibir ningún tipo de castigo.
Luego de las elecciones congresales extraordinarias de 2020, se aprobó la resolución n.° 0306-2020-JNE que modificó la n.° 0078-2018-JNE, específicamente en uno de los puntos del artículo 7: infracciones sobre propaganda electoral.
Este indicaba los aspectos considerados como infracciones en este tema y entre ellos se encontraba el siguiente: “Realizar propaganda que atente contra las buenas costumbres o agravie en su honor a candidatos, organizaciones políticas o promotores de consultas, sea cual fuere el medio empleado”.
Incluso, según refirió el experto en temas electorales Julio César Silva, aquellos partidos que faltaban a esta norma podían ser multados por el JNE por una suma de entre 30 y 100 unidades impositivas tributarias (UIT).
Ahora, ese apartado no existe en el nuevo reglamento, por lo que los postulantes, en caso de cometer alguna falta, no recibirían ningún tipo de amonestación, sino solo una exhortación —que sería un esfuerzo exiguo—por parte del Tribunal de Honor, mismo que se establece con la firma del Pacto Ético Electoral.
“Dejar únicamente en manos del Tribunal de Honor este tipo de conductas es insuficiente porque, al ser una exhortación, lo que puede hacer queda muchas veces en letra muerta. No tiene una efectividad a diferencia de una multa, en la que el partido piensa mas antes de propalar (información)”, refirió el especialista.
Problemática en la Ley Orgánica de Elecciones
Para Julio César Silva, esta modificación en el reglamento de propaganda electoral podría sustentarse en que no había un nexo con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
“En la LOE no hay una referencia expresa a que el JNE pueda sancionar este tipo de conductas. Podría ser porque no hay una base suficientemente clara en la LOE”, sostuvo.
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