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Gobierno promulga decreto supremo que elimina obligatoriedad de mascarilla

Se continuará su uso en establecimientos de salud, servicios de transporte y espacios cerrados sin ventilación. También, será obligatorio para las personas que presenten síntomas respiratorios.
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A través del Decreto Supremo Nº 063-2022-PCM se publicó en El Peruano el reglamento para el uso opcional de mascarillas.

A través del Decreto Supremo Nº 063-2022-PCM se publicó en El Peruano el reglamento para el uso opcional de mascarillas. En el caso de las personas que presenten síntomas respiratorios, es obligatorio contar con mascarilla KN95 o mascarilla quirúrgica de tres pliegues con una mascarilla comunitaria. También, será obligatorio en lugares cerrados.

Así lo dispuso el Gobierno, especificando que siempre será obligatorio en hospitales u otros establecimientos de salud, así como en el transporte terrestre y los espacios cerrados.

El reglamento detalla que, en el caso de las instituciones educativas, las mascarillas serán opcionales tanto para los estudiantes como para los docentes, siempre que se garantice una correcta ventilación de los ambientes.

En restaurantes o espacios similares que sean cerrados sin ventilación alguna, las mascarillas podrán ser retiradas solo al momento de ingerir alimentos.

¿Las mascarillas serán obligatorias para votar este 2 de octubre?

Según la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), de emitirse un decreto supremo acerca del uso optativo de las mascarillas, se realizarán las coordinaciones pertinentes para que se actualice el protocolo de bioseguridad.

En ese sentido, los protocolos que se llevarán a cabo incluyen el distanciamiento de un metro entre los votantes, la disposición de una mesa de sufragio con dos cabinas de votación por cada aula, así como el acondicionamiento de aulas alternas. Esto también incluye la reducción de aforo.

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